COMUNICADO FTH, ANTE LA TRAMITACIÓN DEL PROYECTO DE LEY DE REAJUSTE DEL SECTOR PÚBLICO

ESTAMOS EN ALERTA Y MOVILIZADOS, DENUNCIAMOS QUE EL ARTÍCULO 1 DEL PROYECTO DE LEY QUE OTORGA REAJUSTE DE REMUNERACIONES A LAS Y LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO, NO SE CONDICE CON EL ACUERDO LOGRADO ENTRE LA MESA DEL SECTOR PÚBLICO Y EL MINISTRO DE HACIENDA.

19 DICIEMBRE, 2022

La Federación Frente de Trabajadores de Hacienda –FTH-, entidad representativa de las Asociaciones de funcionarios del sector Hacienda, incluida ANEC la asociación de funcionarios de la Contraloría, expresamos nuestra preocupación y molestia, porque el texto del artículo 1 del Proyecto de Ley que otorga reajuste, no se condice con el acuerdo logrado entre la Mesa del sector público y el Ministro de Hacienda, impactando de esta forma negativamente a varios de nuestros servicios que desarrollan la misión de fiscalización, cuyos trabajadores y sus familias verán disminuidos sus ingresos, en una abierta discriminación e inequidad.

En lo particular observamos lo siguiente:

1.- El texto del artículo 1 inciso cuarto señala: “El reajuste establecido en el inciso primero de este artículo será de un 12% respecto de las remuneraciones, asignaciones, beneficios y demás retribuciones en dinero, imponibles para salud y pensiones, o no imponibles, asociadas a los grados, niveles o categorías que se señalan a continuación y a aquellas a que tengan derecho los respectivos trabajadores: los sueldos base mensuales de los grados 5 al 31 de la escala única establecida en el artículo 1 del decreto ley Nº 249, de 1974; los sueldos base mensuales de los grados 11 al 25 de la escala establecida en el artículo 5 del decreto ley Nº 3.551, de 1981.”

Esta interpretación discrepa con el acuerdo tomado entre la Mesa del sector público y el Ministro de Hacienda, en atención a que su implementación crea diferencias arbitrarias e inaceptables entre funcionarios públicos, por cuanto aquellos sujetos a la escala única grado 5, en su gran mayoría profesionales con similares responsabilidades y cargas de trabajo, recibirán el reajuste del 12% con rentas que pueden superar los $4.000.000 de pesos, mientras que quienes se encuentran sujetos a la escala fiscalizadora se aplicará al grado 11, cuyas remuneraciones si concuerdan con el corte establecido en la mesa del sector público.

Nos provoca aún mayor sorpresa conocer que los servicios que pertenecen a la escala única de sueldos tendrán un reajuste completo del 12%, a pesar de que sus rentas en el grado 5 son superiores al corte de $2.200.000, mientras que las entidades relacionadas con el Ministerio, con escala de sueldo de fiscalizadoras ven sus remuneraciones disminuidas drásticamente.

Ante esta cuestionable disparidad de criterio, solicitamos la homologación de criterio en la aplicación del corte, esto es, aplicando el porcentaje de reajuste a los grados superiores al 11° de la escala fiscalizadora en directa correlación con la escala única de sueldos.

2.- El inciso 5 del artículo 1 que se refiere a “El reajuste establecido en el inciso primero respecto de los grados, niveles o categorías superiores a los indicados en el inciso anterior, será solo de un monto total y único ascendente a $264.000 mensuales por una jornada completa y será de un monto proporcional si esa jornada fuera inferior. Dicho monto constituirá una remuneración permanente, y en lo sucesivo se reajustará en el mismo porcentaje y ocasión en que se otorguen reajustes generales de remuneraciones a los trabajadores del sector público y servirá de base de cálculo para las horas extraordinarias.”

Respecto a esta modalidad de reajuste en un formato de monto fijo mensual anexo a nuestras remuneraciones permanentes, se está desconociendo la definición de reajuste, por cuanto no corrige los haberes permanentes que hoy son obligación del Estado a sus funcionarios. Esta aplicación origina un doble perjuicio, por cuanto no sólo se sufre la pérdida de un reajuste menor al 12% de los haberes permanentes, sino que también desvaloriza las asignaciones variables.

Por tanto, solicitamos que su pago sea indexado a los haberes permanentes, ya sea prorrateando el monto aludido en los haberes permanentes, o bien se calcule el guarismo de reajuste que corresponde en proporción al monto total de haberes permanentes por cada grado y así cumpla con corregir las remuneraciones de las funcionarias y los funcionarios públicos.

Hoy, el Frente de Trabajadores de Hacienda, llamamos a nuestras organizaciones de base a mantenerse en estado de alerta, ante la eventualidad de tener que realizar un paro indefinido.




Atentamente
DIRECTORIO FEDERACIÓN FRENTE DE TRABAJADORES DE HACIENDA


#MesaSectorPublico   #Reajuste2023   #NegociacionSectorial

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- 22 NOV. 2022 / COMUNICADO FTH ANTE LA NEGOCIACIÓN DE REAJUSTE DEL SECTOR PÚBLICO



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